INE APLAZA CASO DE REMOCIÓN DE CONSEJEROS DEL OPLE VERACRUZ.

—Retiran proyecto para seguir revisando el alcance del deber de excusa de consejera por su vínculo matrimonial con un candidato a magistrado.

Xalapa, Veracruz, México / 17/09/2026
Quetzalli Carolina Vázquez /QUE Noticias

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aplazó este jueves el análisis del procedimiento de remoción relacionado con integrantes del Consejo General del OPLE Veracruz, al retirar el proyecto del orden del día para realizar una revisión adicional.

La decisión fue planteada por la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, quien pidió retirar el punto 3.3 para analizar con mayor detenimiento el alcance del impedimento y del deber de excusa cuando existe un vínculo familiar con una candidatura.

El procedimiento corresponde a los expedientes UT/SCG/PRCE/RASE/CG/22/2025 y su acumulado UT/SCG/PRCE/CG/23/2025, derivados de una queja presentada por René Augusto Sosa Enríquez.

El expediente oficial del INE identifica como materia de investigación la presunta actuación indebida de las consejerías durante la elección extraordinaria de personas juzgadoras y la posible omisión del resto del Consejo General del OPLE Veracruz, para solicitar la recusación de una consejera.

Uno de los elementos centrales del procedimiento es la actuación de la consejera María Fernanda Sánchez Rubio, cuyo esposo, Jonathan Máximo Lozano Ordóñez, contendió y ganó una magistratura de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz.

El proyecto que estaba previsto para votarse sostenía que la consejera podía participar en asuntos generales, técnicos u operativos que no estuvieran directamente relacionados con la candidatura de su esposo.

El conflicto se hizo público después de que el Tribunal Electoral de Veracruz determinara, en agosto de 2025, que Sánchez Rubio había incurrido en un conflicto de interés al no excusarse de la totalidad de los acuerdos relacionados con la elección judicial, debido a su vínculo matrimonial con uno de los candidatos.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación posteriormente revocó esa determinación y ordenó al OPLE entregar a Lozano Ordóñez la constancia de mayoría que le había Sido retirada, pero dejó a salvo el análisis sobre la actuación de las consejerías y vinculó al INE para que determinara lo conducente.

La denuncia no se limitó a la actuación de Sánchez Rubio sino que también se señaló al resto de las consejerías por no haber solicitado su recusación, además de plantear señalamientos relacionados con las fallas registradas en el sistema de cómputos utilizado durante la elección judicial.

El proyecto que estaba previsto para este jueves consideraba que la recusación de una consejería por parte de sus pares constituía una facultad potestativa y no un deber imperativo y
planteaba que no se acreditaban las conductas que pudieran generar una causal de remoción.

Sin embargo, se conoció que al no existir consenso y debido a que podría registrarse una extensa discusión pues hay quienes piden la salida de la consejera, el INE prefirió aplazar el análisis y resolución.

De igual forma se conoce que en el expediente de Sánchez Rubio se da cuenta de la supuesta existencia de 14 excusas, aunque públicamente solo se conoce de dos, las cuáles llegaron después de haberse señalado públicamente el conflicto de interés.

El INE tendrá ahora que volver a revisar el alcance de esas actuaciones antes de emitir una determinación definitiva sobre la responsabilidad de las consejerías señaladas.